Gobierno | martes 24 de enero de 2012 | 11:04hs
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Deuda pública a menor costo

Un paso más cerca a las IFRS

Con el nuevo decreto 4946, el Gobierno nacional demuestra que Colombia está más preparada para las normas internacionales de información financiera. Ahora se deberá demostrar al público los beneficios que este cambio implica para todas las empresas.

Un paso más cerca a las IFRS
Un paso más cerca a las IFRS

(Colombia) En Colombia se han realizado innumerables esfuerzos para lograr el establecimiento de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS por sus siglas en inglés). Este proceso que ha tardado más de cinco años, inició con el estudio de las normas contables nacionales e internacionales para la creación de un proyecto de ley que asegura un primer paso para el camino indicado que debe recorrer nuestro país para la conversión a las IFRS.

A mediados de 2009, la iniciativa de internacionalización del lenguaje financiero del país se hizo factible con la aprobación, luego de más de dos años de discusiones y socializaciones, de la Ley 1314. Se han tenido muchos éxitos, se han tomado varias decisiones acertadas, y también en el proceso se han encontrado algunas barreras las cuales, poco a poco, han sido superadas mientras otras se mantienen, y sin embargo, se puede decir que el camino hacia las IFRS que hoy se vive en Colombia nunca ha sido más exitoso.

El pasado mes, el Gobierno expidió el decreto 4946 del 30 de diciembre de 2011, en el cual dio un espaldarazo aceptando la aplicación voluntaria anticipada a las IFRS plenas para las grandes compañías en Colombia. Esta decisión, además de reflejar el apoyo que le está dando el Gobierno Nacional a la Ley, dejó claro que la aplicación de las IFRS es un proceso más que serio y cercano.

Felipe Jánica, líder de IFRS de Ernst & Young y participante en la redacción del decreto como Presidente del Comité Técnico del Sector Real, afirma que “lo primero que hay que resaltar de este decreto es que el Gobierno está muy enfocado en alcanzar el resultado de aplicar las IFRS plenamente en Colombia. Con este decreto se hace claro también el apoyo general a la labor que ha venido realizando el Concejo Técnico de la Contaduría Pública, pero hay que ir más allá”. Con esto, Jánica se refiere a que el Gobierno no puede quedarse sólo con esta acción en pro de las IFRS, sino que debe demostrar al público, los beneficios que este cambio implica para todas las empresas pese a los grandes esfuerzos que se requieren.

¿A qué se refiere el decreto cuando se habla de IFRS pleno? Siempre se había dicho que la norma colombiana iba a converger, lo que significa que en temas de normas contables las empresas colombianas tendrían principios contables colombianos que de una u otra forma emularían las IFRS, sin cumplirlas a cabalidad. “Si permitimos no adoptar unas IFRS plenas tal cual las emite el IASB, estaríamos yendo en contra de nuestra idealización y seguridad de tener una economía globalizada. Nos jactamos de tener un país con una economía de grado de inversión, de acuerdo con las tres grandes calificadoras de riesgo y de tener diferentes tratados de libre comercio, que a la hora de la verdad, no podrá añadirse al mundo globalizado si mantenemos normativa colombiana independiente a la internacional”, asegura Jánica.

La adopción voluntaria anticipada y sus beneficios

La fecha límite que tuvieron las empresas para acogerse a esta adopción anticipada fue el 13 de enero de 2012, por lo que quienes no lograron cumplir con este plazo, perdieron la oportunidad y beneficios que el Gobierno asegura a través de este decreto.

El Líder de Ernst & Young analizó el tema de la deuda pública a menor costo como uno de los grandes beneficios de esta adopción temprana: “las compañías colombianas que adopten tempranamente las IFRS, podrán ir en búsqueda de una deuda pública mucho más barata, no sólo en el mercado internacional latinoamericano, sino también en EE.UU., Canadá o Europa”. Los requerimientos que son exigidos a una compañía para hacer una emisión pública inicial, es que primero muestre suficiencia financiera, y si el interés está es en el exterior, no se puede presentar unos estados financieros con normas colombianas, sino unos estados financieros internacionales, es decir con la aplicación de IFRS.

Las empresas que van a lograr aplicar anticipadamente las IFRS, generarán un efecto multiplicativo que provocará que las compañías puedan internacionalizarse poco a poco, en los próximos años. Colombia tiene una economía que se mueve constantemente y que tiene un alto nivel de inversión extranjera, sin dejar de lado que las compañías nacionales también están invirtiendo en el exterior, lo que fomenta un mucho más la globalización de nuestras empresas. Al presentar la información financiera en IFRS, no solo facilita el acceso a las diferentes bolsas de valores del mundo, sino que también reduce los costos de los recursos y facilita los créditos sindicados con entidades financieras, con tasa de interés mucho más baja.

Con la emisión de este decreto, el Gobierno colombiano busca ayudar a las compañías en ese proceso de internacionalización desde el punto de vista técnico. La iniciativa llega en el mejor momento, ya que se tiene la factibilidad de aplicación de las IFRS en Colombia además del apoyo decidido del Gobierno en esta iniciativa.

A pesar de que este decreto resulta ser un punto a favor en materia de IFRS en Colombia, todavía hay muchas empresas que no están preparadas y que no lo ven como un cambio inminente. Esto se debe posiblemente a que no han recibido una notificación formal por parte de las Superintendencias ni por parte del Concejo Técnico, entes que tampoco están en responsabilidad de hacerlo.

No obstante, acciones como la creación de este Decreto deberían ser suficientes para iniciar el trabajo necesario en cada empresa, ya que no es un cambio sencillo. La aplicación de IFRS involucrará a toda la organización, y no se limitará sólo a cambios técnicos contables, sino que también implicarán desafíos en materia de Sistemas de Información, Procesos y de Administración del Cambio.